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Dejar tu última voluntad es importante para evitar futuros problemas legales, pero principalmente entre tu familia. Aprovecha los descuentos que ofrecen las notarías en septiembre, el mes del testamento.
 
Ninguna carta o documento, aun cuando lleve tu firma, sirve para heredar legalmente tus bienes; solo un testamento realizado ante un notario puede evitar problemas a tus familiares luego de tu muerte.
 
El testamento debe realizarse siempre ante un notario, este trámite cuesta entre $2,400 pesos y $3,800 pesos dependiendo el estado el resto del año.
 
El precio o la comisión para realizarlo es proporcional a los bienes a heredar.
 
Puede aprovechar la campaña “Septiembre, mes del Testamento”, realizada por la Secretaría de Gobernación y los gobiernos de los estados, en conjunto con el Colegio Nacional del Notariado Mexicano, en donde los notarios de todo el país reducen sus honorarios hasta un 50 por ciento, el cual se lleva para las personas de la tercera edad.
 
El tramite podría reducirse a la mitad de su costo, lo que incluye el registro del testamento, derechos, honorarios e Impuesto al Valor Agregado en el mes del Testamento, Septiembre.
 
Es importante poner esta cifra en perspectiva al compararla con un juicio sucesorio que, puede tardar hasta años, honorarios cuando hay conflictos por intestados.
 
Para poder tramitar tu testamento, solamente requieres de una identificación oficial.
 
No es necesario que prepares una lista de tus bienes para dejarlos en el testamento, lo único que necesitas es tu identificación oficial y contestar a las preguntas que te vaya haciendo el notario.
 
Sí estas casado por sociedad conyugal (bienes mancomunados), es mejor que tu pareja realice su testamento de forma simultánea para que no haya ninguna confusión dentro de sus voluntades y no se crucen.
 
Al menos una persona debe estar enterada de la realización de este trámite pues, de lo contrario, tus familiares tendrán que acudir a un notario que consulte con el Registro Nacional de Avisos de Testamento si está registrado un testamento a su nombre.
 
Para reclamar la herencia debes acudir a la notaría con el acta de defunción y el testamento. La instancia realiza una investigación para corroborar que el testamento presentado es el último.
 
Después debes realizar la adjudicación del bien como cualquiera otra escritura, el valor de este trámite es de 5 y 6 por ciento del valor del inmueble o bien, lo que incluye I.V.A., honorarios del notario, impuestos y certificados.
 
Sí una casa está hipotecada, no te preocupes, la casa ya se considera propiedad, pues la hipoteca sólo es un gravamen para asegurar el cumplimiento del pago. Los modernos esquemas de financiamiento que tienen las SOFOMES, Bancos y los Institutos de Vivienda, todos llevan consigo la contratación de un seguro de vida, que cubre lo que falta del crédito y los herederos recibirán la casa al cien por ciento.
 
Sin embargo, sí heredaste un inmueble, y este tiene adeudos como impuesto predial, agua, luz o por estar en un régimen de propiedad en condominio las cuotas de conservación condominal o mantenimiento son obligaciones que deberán cubrirse para poder realizar la adjudicación del bien. Ya que un Notario te solicitará un Certificado de No adeudo o Carta de No adeudo.
 
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